APOYO FINANCIERO A LA INVERSIÓN INDUSTRIAL EN EL MARCO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE REINDUSTRIALIZACIÓN Y FORTALECIMIENTO DE LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL 2020
BENEFICIARIOS
Sociedades privadas afectadas por perjuicios económicos surgidos a raíz del brote de COVID-19 que desarrollen industrial productiva.
El CNAE de la empresa solicitante puede no ser industrial, siempre y cuando las inversiones a realizar sean en actividades industriales productivas (las correspondientes a los CNAE 2009 Sección C- Divisiones 10 a 32).
Adicionalmente, se incluirán también las actividades encuadradas en la sección 38.3x, siempre que dispongan en el momento de la solicitud de la correspondiente autorización de gestión de residuos y el proyecto a realizar se clasifique como perteneciente a las operaciones de valorización.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción: realización de inversiones de adquisición de equipos, que permitan la modernización de líneas de producción existentes o generen la implantación de nuevas líneas de producción, en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud.
Dentro de este grupo se incluirán también las inversiones orientadas a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, reducción de la vulnerabilidad a los impactos del cambio climático, prevención de la contaminación o introducción de la economía circular en el proceso productivo mediante:
- Inversiones en líneas de producción encaminadas a fabricación de productos con mayor vida útil, reparables, reutilizables y actualizables, combatiendo la obsolescencia programada; con mayor grado de reciclabilidad y menor presencia de sustancias peligrosas; que incorporen materiales procedentes de residuos; y que mejoren la eficiencia en el uso de los recursos y reduzcan la generación de residuos.
- Inversiones encaminadas a incrementar el grado de recuperación/valorización de los materiales, sustancias y materias primas críticas, en el ámbito de la gestión de residuos.
- Inversiones destinadas a mejorar la sostenibilidad de los procesos de producción mediante: el incremento del empleo de energías renovables en los procesos de producción, la introducción de tecnologías de ahorro de energía final y la incorporación de tecnologías que reduzcan emisiones contaminantes a la atmósfera y emisiones de gases de efecto invernadero.
- Implementación productiva de tecnologías de la «Industria Conectada 4.0.»: realización de inversiones de adquisición de activos fijos materiales en establecimientos industriales que ya están en producción en el momento de la solicitud, para:
- La implementación de soluciones de hibridación del mundo físico y digital (sistemas inteligentes, low-end y embebidos, sensores, wearables, e-tags, realidad virtual e impresión 3D, robótica y vehículos no tripulados dentro del establecimiento industrial) de los procesos de producción, que al menos integre una línea de producción completa.
- La fabricación de los sistemas definidos en el anterior párrafo.
- La implementación de infraestructuras físicas de red para la conectividad digital de los procesos de producción, que avancen hacia el concepto de «Internet de las Cosas».
Quedan fuera de estas definiciones las meras sustituciones de maquinaria y/o parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción, así como las reparaciones y acciones de mantenimiento.
Presupuesto mínimo: 100.000€.
Plazo de realización de las actuaciones: desde el 1 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2020.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Mejoras y/o modificaciones de líneas de producción:
- Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior. Se incluirán las instalaciones técnicas estrictamente asociadas a dichos aparatos y equipos de producción, y que deberán situarse en el emplazamiento de proyecto.
- Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Nota: El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el 30 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 5 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.
Implementación productiva de tecnologías de la Industria Conectada 4.0.:
- Aparatos y equipos de producción: adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior; y adquisición de software específico de soluciones de hibridación o conectividad digital de los procesos de producción. Se incluirán las instalaciones técnicas (incluidas las de digitalización) estrictamente asociadas a dichos aparatos y equipos de producción, y que deberán situarse en el emplazamiento de proyecto.
- Ingeniería de proceso de producción: gastos de personal propio y colaboraciones externas necesarias para el diseño y/o rediseño de procesos, directamente vinculados con los aparatos y equipos que se consignen en el párrafo anterior. Queda expresamente excluida cualquier forma de ingeniería civil o consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
Nota: El gasto imputado en la partida de ingeniería de proceso de producción no podrá superar el presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción. Dentro de esta partida, los gastos de personal propio se limitarán al 15 % del presupuesto de adquisición de aparatos y equipos de producción.
TIPO DE INCENTIVO
Préstamo reembolsable con las siguientes características:
– Plazo de amortización: 6 años con 3 años de carencia.
– Tipo de interés:
Tipo de beneficiario | Interés año 1 (%) | Interés años 2 y 3 (%) | Interés años 4, 5 y 6 (%) |
PYMES | 0,1 | 0,19 | 0,69 |
Grandes Empresas | 0,19 | 0,69 | 1,69 |
– Método de amortización: cuotas anuales y de igual cuantía que deberán satisfacerse una vez cumplido el plazo de carencia.
– Garantías: 20% del préstamo a recibir.
INTENSIDAD DE LA AYUDA
75% del presupuesto financiable, con un máximo de 800.000 euros, y respetando a su vez los siguientes límites:
- El doble de los costes salariales anuales del beneficiario (incluidas las cargas sociales y el coste del personal que trabaje en el recinto de la empresa, pero figure formalmente en la nómina de un subcontratista) correspondientes a 2019 o al último año disponible; o
- El 25 % del volumen de negocios total del beneficiario en 2019.
- Para empresas sin cuentas históricas significativas, el préstamo no podrá superar 3 veces los últimos fondos propios acreditables. Para el resto de las empresas, el préstamo no podrá superar 5 veces los últimos fondos propios acreditables.
- El importe máximo del préstamo a conceder estará condicionado al riesgo vivo acumulado la empresa con las siguientes limitaciones: el riesgo vivo acumulado con la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa no podrá superar en tres veces los fondos propios para empresas sin cuentas históricas significativas, y en cinco veces para el resto.
BOLSA ECONÓMICA DISPONIBLE
340.920.000 €.
PLAZO DE SOLICITUD
Hasta el 20 de agosto de 2020.