BONO AUTÓNOMO 2019 ¡INFÓRMATE XA!
AYUDAS PROGRAMA BONO DE LAS PERSONAS AUTÓNOMAS – TR341Q
Beneficiarios
- Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional,
- Que tengan domicilio en Galicia,
- Que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de ayuda de más de 42 meses y
- Que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima de 12.000 €, IVA incluido en el año anterior.
- Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia
EXCLUSIONES: Las personas que cobrasen esta ayuda en alguna de las dos convocatorias anteriores.
Proyectos Subvencionables
LINEA I. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:
* Investigación de mercado
* Plan de márketing
* Plan de comunicación del negocio
* Plan estratégico del negocio
* Plan de crecimiento: constitución sociedad
* Plan de reorientación del negocio
* Plan de uso de nuevas tecnologías del negocio
* Plan de refinanciamiento
* Además se admiten otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la
competitividad de la empresa.
LINEA II. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES INVERSIONES:
*
Compra de maquinaria
* Compra de útiles y herramientas
* Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio
habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para
el desarrollo de la actividad del negocio.
* Equipos informáticos: tables, ordenadores de sobremesa e portátiles
* Rótulos
* Aplicaciones informáticas y páginas web
* Creación de logotipo de negocio
* Mobiliario
Las líneas I y II no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En caso de solicitar ayuda para ambas líneas, se atenderá primero a la línea I y después a la línea II con el límite de 3.000 € para el conjunto de actividades.
Plazo de presentación de solicitudes
- Desde el 3 de julio a las 9:00 horas hasta el 2 de agosto a las 23.59 horas por medios electrónicos
Plazo de ejecución y justificación de proyectos
- Desde el 3 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019
Cuantía Subvencionable
- 80% con un máximo de 3.000 € por el conjunto de actividades subvencionables.
Presupuesto
4.000.000 €
Concesión directa.