Beneficiarios

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    BONO AUTÓNOMO 2019 ¡INFÓRMATE XA!

    03 Jul

    BONO AUTÓNOMO 2019 ¡INFÓRMATE XA!

    AYUDAS PROGRAMA BONO DE LAS PERSONAS AUTÓNOMAS – TR341Q

    Beneficiarios

    1. Personas trabajadoras autónomas que estén dadas de alta en el régimen especial de autónomos o en mutualidades de colegio profesional,
    • Que tengan domicilio en Galicia,
    • Que tengan una antigüedad en la realización efectiva de una actividad profesional de manera ininterrumpida a la fecha de solicitud de ayuda de más de 42 meses y
    • Que tengan un rendimiento neto reducido en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 € y una facturación mínima de 12.000 €, IVA incluido en el año anterior.
    1. ​​​​​​Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia

    EXCLUSIONES: Las personas que cobrasen esta ayuda en alguna de las dos convocatorias anteriores.

    Proyectos Subvencionables

    LINEA I. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LOS SIGUIENTES SERVICIOS:

    * Investigación de mercado
    * Plan de márketing
    * Plan de comunicación del negocio
    * Plan estratégico del negocio
    * Plan de crecimiento: constitución sociedad
    * Plan de reorientación del negocio
    * Plan de uso de nuevas tecnologías del negocio
    * Plan de refinanciamiento
    * Además se admiten otros estudios y planes que tengan como fin aumentar la competitividad de la empresa.

    LINEA II. MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD A TRAVÉS DE LAS SIGUIENTES INVERSIONES:

     * Compra de maquinaria
     * Compra de útiles y herramientas
     * Reforma de local de negocio, siempre y cuando no sea su domicilio habitual excepto en el caso de que quede acreditado que sea imprescindible para el desarrollo de la actividad del negocio.
     * Equipos informáticos: tables, ordenadores de sobremesa e portátiles
     * Rótulos
     * Aplicaciones informáticas y páginas web
     * Creación de logotipo de negocio
     * Mobiliario

    Las líneas I y II no son excluyentes ni entre ellas ni entre los distintos servicios e inversiones que las configuran. En caso de solicitar ayuda para ambas líneas, se atenderá primero a la línea I y después a la línea II con el límite de 3.000 € para el conjunto de actividades. 

    Plazo de presentación de solicitudes           

    • Desde el 3 de julio a las 9:00 horas hasta el 2 de agosto a las 23.59 horas por medios electrónicos

    Plazo de ejecución y justificación de proyectos

    •  Desde el 3 de julio de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2019

    Cuantía Subvencionable

    • 80% con un máximo de 3.000 € por el conjunto de actividades subvencionables.

    Presupuesto  

    4.000.000 €

    Concesión directa.

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